Funciones
La Comisión de TFT tendrá las siguientes funciones básicas:
- Cumplir y hacer cumplir las disposiciones del presente Reglamento general y sus normas de desarrollo.
- Promover en cada curso académico, la propuesta de nuevas líneas o títulos de TFT con memoria explicativa de los mismos, para añadir a la oferta existente.
- En coordinación con los departamentos implicados y por delegación de la Junta de Centro, anualmente podrá, establecer una lista de profesores tutores de entre los que cumplan los requisitos exigidos en este reglamento.
- Designar los tutores académicos del TFT, en su caso, a propuesta del estudiante que desee desarrollar un trabajo y con el visto bueno del profesor que lo tutelará.
- Por delegación de la Junta de Centro, en su caso, podrá nombrar los tribunales evaluadores de cada Trabajo Fin de Título, tanto titulares como suplentes.
- Dar el visto bueno a las propuestas de Trabajo presentadas, o en su caso efectuar las recomendaciones que considere oportunas.
- Difundir y promocionar los Trabajos Fin de Título que se han desarrollado en su Centro en el ámbito profesional que le es propio, contribuyendo de esta manera a la inserción laboral de sus titulados.
- La Comisión de TFT podrá, excepcionalmente, de forma individualizada y por razones justificadas, mantener el título y tutor del TFT de un alumno, cuando no ha conseguido superar la asignatura en los dos cursos inmediatamente anteriores, durante un tercer curso consecutivo de los dos anteriores.
- Supervisar el Proyecto Docente de la Asignatura de TFT
La comisión de TFT deberá:
- Velar para que las propuestas de Trabajos incluyan una temporización realista que se pueda cumplir.
- Velar que la propuesta de trabajo se corresponda con la Memoria de Verificación del Título.
- Velar para que se disponga de los medios materiales necesarios para la realización del Trabajo.
En el caso de que un mismo título se imparta en distintas modalidades o sedes geográficas, deberá velar para que se otorgue un mismo trato a todos los estudiantes de la titulación, existiendo para ello una coordinación entre las distintas comisiones de TFT de la titulación al objeto mantener un criterio único.
Última modificación: jueves, 16 de marzo de 2017, 11:40